La comparación
| Rubro | Despido sin causa | Renuncia |
|---|---|---|
| Indemnización por despido | Sí | No |
| Licencia no gozada | Sí | Sí |
| Salario vacacional | Sí | Sí |
| Aguinaldo proporcional | Sí | Sí |
| Sueldo pendiente | Sí | Sí |
La diferencia principal es la indemnización: corresponde cuando te despiden sin causa y no cuando renunciás por decisión propia. Los demás rubros los generaste trabajando y se pagan en ambos casos.
Cuidado con la «renuncia» que te piden firmar
A veces el empleador propone firmar una renuncia «de común acuerdo» para evitar pagar la indemnización. Antes de firmar, consultá: puede que estés dejando de cobrar algo que te corresponde.
Si sentís que te obligaron a renunciar
Si la renuncia no fue realmente voluntaria, por ejemplo por presiones, el caso puede analizarse de otra manera. Contanos qué pasó, con fechas y mensajes.
Cuando el incumplimiento es del empleador
Existe la figura del despido indirecto: cuando el propio empleador incumple gravemente sus obligaciones, por ejemplo dejando de pagar los sueldos, el trabajador puede considerar rota la relación y reclamar como si lo hubieran despedido. Es un terreno delicado, así que consultá antes de irte.
Antes de decidir
Hacé una estimación con la calculadora y revisá qué rubros incluye la liquidación. Si tenés dudas sobre tu caso, escribinos.
Esta información es orientativa y no reemplaza el asesoramiento legal sobre tu caso concreto. Las normas y los plazos pueden cambiar y cada situación tiene particularidades. Última revisión: septiembre de 2026.